SISTEMAS DE RIEGOS LABORALES (ARL)
La ley de 1562 de julio de 2012 por la cual se modifica el
sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de
salud ocupacional ¨,ya esta vigencia y aunque a un es necesario que se expida
cerca de 20 decretos reglamentarios buena parte de sus disposiciones ya son
aplicables. Ahora el conjunto de entidades y procedimientos destinados a
prevenir, proteger y atender a los trabajadores
de las enfermedades y de los accidentes laborales se llamara, sistema de
riesgos laborales.(ARL).
Por tal motivo, la administradora de riesgos
profesionales de (ARP), que tienen a su cargo la afiliación al sistema y su
administración, analizan la nueva reglamentación y ajustan sus procesos de
acurdo con los nuevos requerimientos.
La idea es contribuir a que los trabajos tengan un
trabajo digno y de calidad, según el ministro de trabajo, Rafael pardo rueda
¨la meta es que ningún solo trabajador en Colombia este por fuera del sistema
de protección social. Esta ley de riesgos laborales avanza hacia ese propósito,
al definir la obligatoriedad de incluir nuevos trabajadores, como por ejemplo
los independientes y de manera voluntaria a los trabajadores informales ¨.En total
el gobierno espera que 1 millón 300 mil personas nuevas sean protegidas ante
riesgos laborales y en materia de cobertura, también incluye con como riesgo
laboral aquellos que pueda sufrir el trabajador dentro de riesgos sindicales.
Fuente:http://riesgosprofesionalesblog.com/2012/09/sistema-de-riesgos-laborales-arl/
El Sistema General de Riesgos
Laborales en Colombia "es el conjunto de entidades públicas y
privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a
los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan
ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan".1 llamado riesgo laboral.
Reglamentación
El sistema de riesgos laborales
colombiano está reglamentado primordialmente en la Ley 100 de 1993 que lo
instituye con el nombre de Sistema General de Riesgos Profesionales, en el
decreto-ley 1295 de 1994 que lo define y regula con detalle, la Ley 776 de 2002
y en la Ley 1562 del 11 de julio 2012 que lo actualiza y entre otras cosas le
asigna la denominación vigente en sustitución de la original así como redefine
o precisa conceptos fundamentales .3 y por el Decreto 1443 de julio
de 2014
Fuente:http://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_General_de_Riesgos_Laborales_(Colombia)
Artículo 3°. Es accidente de trabajo, todo suceso repentino
que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el
trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez
o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se
produce durante la ejecución de órdenes del empleador o contratante durante la
ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de
trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que
se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su
residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo
suministre el empleador.
También se considera como accidente de trabajo el
ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador s
enecuentre el permiso sindical siempre que el accidente se produzca en
cumplimiento de dicha función.
De igual forma, se considera accidente de trabajo
el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o
culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de
la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de emrpesas de servicios temporales
que se encuentren en misión.
FUENTE: https://www.positiva.gov.co/ARL/Promocion-Prevencion/Sistema-General-Riesgos/Paginas/Definiciones-Importantes.aspx
ENFERMEDADES LABORALES QUE SE PRESENTAN EN CONTACT
CENTERS
Dentro de las enfermedades más recurrentes entre los asesores están las relacionadas con la musculatura, nervios y tendones de los brazos. Los puesto de trabajo (boxes) de los call centers suelen ser muy estrechos -apenas el espacio para un teclado y un mouse- y carecer de las mínimas consideraciones de ergometría. Si a esos pequeños recintos le sumamos el trabajo repetitivo y constante de las manos sobre el teclado y el mouse tenemos una variedad de dolencias [1]:
- Enfermedades
causadas por vibraciones (trastornos de músculos, tendones, huesos,
articulaciones, vasos sanguíneos periféricos o nervios periféricos).
- Tenosinovitis
de la estiloides radial debida a movimientos repetitivos, esfuerzos
intensos y posturas extremas de la muñeca.
- Tenosinovitis
crónica de la mano y la muñeca debida a movimientos repetitivos, esfuerzos
intensos y posturas extremas de la muñeca.
- Bursitis
del olécranon debida a presión prolongada en la región del codo.
- Síndrome
del túnel carpiano debido a períodos prolongados de trabajo intenso y
repetitivo, trabajo que entrañe vibraciones, posturas extremas de la
muñeca, o una combinación de estos tres factores.
- FUENTE: http://elmandomedio.blogspot.com/2014/06/el-trabajo-en-call-centers-parte-4.html
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